Incoterms DAP-Entregada en lugar convenido-Delivered At Place

Entregada en lugar convenido” supone que el vendedor entrega la mercancía una vez sea puesta a disposición del comprador en el lugar convenido, antes de descargarla.

Este es el segundo de los nuevos Incoterms introducidos con la última actualización de 2010.

Es muy recomendable que las partes especifiquen el punto de entrega en el lugar de destino convenido, ya que hasta dicho punto los riesgos son asumidos por el vendedor.

El vendedor debe realizar un contrato de transporte que se adapte a estos términos, Si el vendedor incurre en costes para la descarga de las mercancías en destino, no podrá trasladarlos al comprador, a no ser que las partes pacten lo contrario.

DAP exige al vendedor despachar la mercancía para su exportación.

Se puede utilizar para todo tipo de transporte.

A. OBLIGACIONES DEL VENDEDOR.

A1. Suministro de la mercancía de conformidad con el contrato.

El vendedor debe suministrar la mercancía y la factura comercial, o su mensaje electrónico equivalente, de acuerdo con el contrato de compraventa, así como cualquier otra prueba de conformidad que pueda exigir el contrato.

A2. Licencias, autorizaciones y formalidades.

El vendedor debe obtener, cuando proceda, y por su cuenta y riesgo, las licencias de exportación y otra autorización oficial, así como llevar a cabo todos los trámites aduaneros necesarios para la exportación de la mercancía y para su tránsito por cualquier país para llegar a destino.

A3. Contratos de transporte y seguro.

a. Contrato de transporte.

El vendedor debe contratar, por su cuenta, el transporte de la mercancía al lugar de destino convenido. Si no se acuerda ningún punto específico o no lo determina la práctica, el vendedor puede elegir el punto del lugar de destino convenido que mejor le convenga.

b. Contrato de seguro.

Ninguna obligación.

A4. Entrega.

El vendedor debe poner la mercancía a disposición del comprador o de otra persona designada por el comprador, lista para ser descargada desde los medios de transporte utilizados en el lugar de destino convenido, en la fecha o dentro del período acordado para la entrega.

A5. Transmisión de los riesgos.

El vendedor debe, con sujeción a lo establecido en B5, soportar todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía hasta el momento en que haya sido entregada según A4.

A6. Reparto de gastos.

El vendedor debe, con sujeción a lo dispuesto en B6, pagar:

a. además de los gastos resultantes de A3 a), todos los gastos relativos a la mercancía hasta el momento en que haya sido entregada de acuerdo con A4;

b. cualquier coste de descarga en el lugar de destino que fuese por cuenta del vendedor en virtud del contrato de transporte; y

c. cuando proceda, los costes de los trámites aduaneros necesarios para la exportación, así como todos los derechos, impuestos y demás cargas exigibles a la exportación de la mercancía y por su tránsito por cualquier país, antes de la entrega de acuerdo con A4.

A7. Aviso al comprador.

El vendedor debe dar al comprador todo aviso necesario que permita a este último tomar las medidas oportunas, habitualmente necesarias, para poder recibir la entrega de las mercancías.

A8. Prueba de la entrega, documento de transporte o mensaje electrónico equivalente.

El vendedor, por su propia cuenta, debe proporcionar al comprador el documento necesario para que el comprador pueda recoger la mercancía de acuerdo con A4/B4.

A9. Comprobación – embalaje – marcado.

El vendedor debe pagar los gastos de aquellas operaciones de verificación (como comprobar la calidad, medida, peso, recuento) necesarias para que se produzca la entrega de la mercancía de acuerdo con A4. También debe satisfacer el coste de cualquier inspección pre-embarque establecida por las autoridades del país de exportación.

El vendedor debe asimismo asumir los costes de embalaje de la mercancía (a menos que sea usual en ese comercio específico, entregar la mercancía descrita en el contrato sin embalar), en la forma apropiada para su transporte, a menos que el comprador haya comunicado al vendedor la existencia de unos requisitos de embalaje concretos antes de la finalización del contrato. El embalaje ha de ser marcado adecuadamente.

A10. Otras obligaciones.

El vendedor debe, a petición y por cuenta y riesgo del comprador, ofrecerle ayuda para la obtención de documentos e información necesaria para que el comprador proceda a la importación y/o el transporte final de las mercancías. Si bien, el vendedor será reembolsado por los costes en que incurra para tal fin.

B. OBLIGACIONES DEL COMPRADOR.

B1. Pago del precio.

El comprador debe pagar el precio según lo dispuesto en el contrato de compraventa.

B2. Licencias, autorizaciones y formalidades.

El comprador debe obtener, por su cuenta y riesgo, cualquier licencia de importación u otra autorización oficial necesaria para la importación de la mercancía.

B3. Contratos de transporte y seguro.

a. Contrato de transporte.

Ninguna obligación

b. Contrato de seguro.

Ninguna obligación.

B4. Recepción de la entrega.

El comprador debe recibir la entrega de la mercancía cuando se haya entregado de acuerdo con A4.

B5. Transmisión de riesgos.

El comprador debe soportar todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía desde el momento en que haya sido entregada según A4, si ocurre lo siguiente:

a. el comprador no cumpla con sus obligaciones de acuerdo con B2

b. el comprador no avise en los términos fijados en B7. En este caso asume los riesgos de pérdida o daño de la mercancía desde la fecha acordada o desde la fecha de finalización del periodo de entrega acordado.

B6. Reparto de gastos.

El comprador debe pagar:

a. todos los gastos relacionados con la mercancía desde el momento en que haya sido entregada de acuerdo con A4;

b. todos los costes de descarga necesarios para la recepción de la mercancía en el medio de transporte utilizado, en el lugar de destino convenido, a menos que estos costes corran por cuenta del vendedor en virtud del contrato de transporte;

c. todos los gastos adicionales contraídos por el vendedor como consecuencia de que el comprador no haya cumplido con sus obligaciones, de acuerdo con B2; o si no da aviso de acuerdo con B7, y

d. si procede, los gastos de formalidades aduaneras, así como impuestos, tasas y otras cargas.

B7. Aviso al vendedor.

El comprador debe, cuando esté autorizado para determinar el momento, dentro del período acordado, y/o el punto de recepción de la entrega en el lugar convenido, dar al vendedor aviso suficiente al respecto.

B8. Prueba de la entrega, documento de transporte o mensaje electrónico equivalente.

El comprador debe aceptar el documento de entrega facilitado de acuerdo con A8.

B9. Inspección de la mercancía.

El comprador debe pagar los costes de cualquier inspección previa al embarque, excepto cuando tal inspección sea ordenada por las autoridades del país de exportación.

B10. Otras obligaciones.

El comprador debe avisar al vendedor de cualquier información de seguridad requerida para que el vendedor pueda cumplir con A10.

El comprador debe reembolsar al vendedor los gastos en los que este último haya incurrido para obtener la información o los documentos necesarios para cumplir con A10.

El comprador debe dar asistencia al vendedor, a petición y por cuenta y riesgo, de este último, para obtener cualquier documento o licencia que el vendedor necesite para el transporte y exportación de las mercancías.

Nota. Los términos y logotipos de Incoterms ® 2010, Incoterm® 2010, Incoterm y cualquiera de sus acepciones y variantes son marcas o variantes registradas por Cámara de Comercio Internacional (CCI) y a ella se le deben todos los derechos.

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