• Convenio de las Naciones Unidas sobre el Transporte Multimodal Internacional de Mercancías 1980.
• ¿Qué normas jurídicas regulan el transporte internacional multimodal?
• Documentos multimodales.
• BIMCO.
• FIATA.
• FIATA Bill of Lading (FBL)
• ¿Cuál es el origen histórico del transporte internacional multimodal?
• ¿Cuáles son las principales características del transporte internacional multimodal?
• ¿Qué papel juega el transitario en el transporte internacional multimodal?
• ¿Cuáles son las principales ventajas del transporte internacional multimodal?
• ¿Cuáles son los principales inconvenientes del transporte internacional multimodal?
• ¿Qué hay detrás de las siglas FIATA?
• ¿Qué son los documentos FIATA?
• ¿Qué es un FCR (forwarding agent certificate receipt) – certificado de recepción?
• ¿Qué es un FCT (forwarding agent certificate transport) – contrato de transporte?
• ¿Qué es un FBL (FIATA Multimodal Transport Bill of Lading) – contrato de transporte marítimo?
• ¿Qué es un FWR (forwarding agent warrant receipt) – recibo de almacenaje?
• ¿Qué es un SDT (declaration dangerous transport) – declaración de mercancía peligrosa?
• FIATA SIC- Shipper’s Intermodal Weight Certification-Certificación de peso intermodal del expedidor.
• ¿Qué significa negociar un documento FIATA?
• ¿El MTO – OPERADOR DE TRANSPORTE MULTIMODAL asume alguna responsabilidad frente al cargador en el transporte internacional multimodal?
• ¿En qué supuestos de pérdida y daño de la mercancía o retraso en la entrega el MTO-Operador de Transporte Multimodal, no es responsable frente al cargador según el Convenio de Ginebra de 1980 sobre transporte internacional multimodal?
• ¿Según el Convenio de Ginebra de 1.980 sobre transporte internacional multimodal, tiene algún límite cuantitativo la responsabilidad del MTO por retraso en la entrega de la mercancía?
• ¿Cuándo puede hablarse de pérdida de mercancía según el Convenio de Ginebra de 1.980 sobre transporte internacional multimodal?
• ¿Cuándo puede hablarse de retraso en la entrega de mercancía según el Convenio de Ginebra de 1.980 sobre transporte internacional multimodal?
• ¿Sería posible un pacto entre MTO y cargador en el que se ampliara la responsabilidad del MTO frente al cargador por pérdida o daño a la mercancía y retraso en la entrega?
• ¿Cuáles son los plazos que tiene el destinatario de la mercancía para reclamar al MTO en caso de pérdida, daño y retraso según el Convenio de Ginebra de 1.980 sobre transporte internacional multimodal?
• ¿Cuándo prescriben las acciones judiciales contra el MTO por su responsabilidad respecto a pérdidas y daños a la mercancía o retrasos en la entrega según el Convenio de Ginebra de 1.980 sobre transporte internacional multimodal?
• Plazo de prescripción para demandar al transitario.
• El seguro de transporte multimodal. Manual práctico.
• RTE-T-Redes Transeuropeas de Transporte
• Transporte Marítimo de Corta Distancia (TMCD)
• Motorways of the Sea-MOS-Autopistas del mar.
• El lenguaje del transporte intermodal. Vocabulario ilustrado.
• Seguro de transporte.
• Indemnizaciones por medio de transporte.
• DEG – La unidad de cuenta es el “derecho especial de giro” (DEG) definido por el FMI.
• Derecho al cobro de la indemnización en un seguro de transporte.
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La UNCTAD, United Nations Conference on Trade and Development, Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo Naciones Unidas, dice sobre la intermodalidad:
La utilización de dos o más modos de transporte,
uno o varios transportistas,
varios documentos,
un solo organizador.
Transporte multimodal es un transporte intermodal con un único responsable.
En la actualidad un transporte intermodal, llamado también multimodal o combinado, se refiere al transporte de una unidad de carga, llámese contenedor, en sus diferentes tipos, caja móvil, plataforma de camión, etc., se transporte en al menos dos medios de transporte diferente.
Pero todo lo anterior bajo un único responsable.
Si no hay un único responsable, y esto se realiza con diferentes transportistas, medios de transporte y documentos diferentes para cada uno de los medios de transporte y transportistas, pues es simplemente un transporte, realizado con diferentes medios de transporte, con diferentes transportistas, y diferentes documentaciones.
Intermodalidad. Varios transportistas bajo un único organizador.
Multimodalidad. Intermodalidad bajo un único responsable.
Todo ello según la UNCTAD.
Convenio de las Naciones Unidas sobre el Transporte Multimodal Internacional de Mercancías 1980.
Este convenio establece las bases legales para el transporte multimodal internacional.
EL transporte internacional multimodal se define como el traslado de mercancías entre países utilizando más de un medio de transporte (carretera, ferrocarril, aéreo, marítimo o fluvial), sin que la carga se desagrupe durante el trayecto.
Por ejemplo, un contenedor se carga en el almacén del vendedor y se descarga en el almacén del comprador, sin que la mercancía se saque del contenedor durante el transporte.
Además, se caracteriza por usar un único documento de transporte para todo el trayecto.
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