by Diego Carmona

Fin de la exención de 150 euros. La reforma del código aduanero de la UE y las nuevas reglas para el comercio electrónico

El incremento masivo de las importaciones de comercio electrónico transfronterizo ha generado una saturación operativa y regulatoria en las administraciones de aduanas de los Estados miembros. La persistencia de prácticas de subvaloración y el fraccionamiento de envíos para eludir gravámenes han erosionado la recaudación fiscal y desestabilizado el mercado interior. Para corregir estas disfunciones, las instituciones comunitarias han culminado la tramitación legislativa de una modificación estructural del marco normativo europeo.

La reforma del Código Aduanero de la Unión Europea elimina la exención de 150 euros para envíos de comercio electrónico, establece un arancel temporal de 3 euros por partida arancelaria y transfiere la responsabilidad fiscal y de cumplimiento normativo directamente a las plataformas digitales.

Fin de la exención y arancel temporal de 3 euros

La normativa de comercio electrónico previa permitía que los paquetes con un valor intrínseco inferior a 150 euros entraran en la Unión Europea exentos de derechos arancelarios, aunque sujetos a obligaciones de IVA. Conforme a los informes publicados por la Comisión Europea, este umbral propició un volumen desproporcionado de expediciones individuales diarias que sobrepasaron la capacidad de control físico y documental de las autoridades. Como medida transitoria previa a la plena digitalización centralizada, se aplica un arancel fijo de 3 euros por cada subpartida arancelaria declarada en el marco de los regímenes simplificados, asegurando que las transacciones directas a consumidor final contribuyan a los recursos propios del presupuesto comunitario. ¿Cómo deben adaptar sus esquemas logísticos las empresas extracomunitarias?

Responsabilidad legal de las plataformas digitales

El eje central del nuevo marco aprobado por el Parlamento Europeo modifica la figura jurídica del importador. Las plataformas de comercio electrónico, marketplaces y vendedores que faciliten ventas a distancia de bienes desde terceros países pasan a ser considerados legalmente como importadores a distancia. En consecuencia, la responsabilidad sobre la deuda aduanera, la correcta liquidación tributaria y la conformidad normativa de los artículos recae de forma directa sobre estas entidades y no sobre el consumidor final. Asimismo, la entrada en vigor de la tasa de gestión de aduanas refuerza la financiación de los controles de seguridad en las fronteras exteriores.

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