by Diego Carmona

Paso 7. Regímenes y destinos aduaneros

Qué hacer con la mercancía cuando llega a la aduana

  • Ya sabes cómo clasificar la mercancía que vas a exportar o importar, o como la propia administración aduanera puede hacerlo por ti.
  • Ya sabes el origen de tu mercancía. Te lo repetiré hasta la saciedad. No la procedencia, sino el origen de la mercancía.
  • Ya sabes también el valor de la mercancía para que puedas echar tus cuentas.
  • Ya conoces los tipos de acuerdos arancelarios que firman los diferentes países, donde estudiarlos, y donde averiguar el tipo de certificado de origen que necesitarás para poder acogerte a alguna rebaja arancelaria.
  • Ya conoces nuevas rebajas arancelarias, aunque no haya ningún acuerdo comercial firmado y también aranceles extra a pagar.
  • Ya conoces cómo averiguar el arancel que paga una mercancía, los diferentes tipos de aranceles que hay, y la forma de calcularlos.

 

Ahora vas a ver qué puedes hacer con la mercancía cuando llegue a destino, o cuando son exportadas.

No todo es pagar el arancel, restos de impuestos e importar para vender, en una importación al uso, por ejemplo.

Cuando una mercancía llega a destino existen más mecanismos como las importaciones temporales, despacho a libre práctica, reexportación, ingreso en depósitos aduaneros, RPA, RPP, la transformación, el abandono, la destrucción, etc.

Aunque enfocado en la UE, debes saber que en el resto de los países hay mecanismos similares. Con un nombre u otro, pero similares.

Una vez la mercancía llega a la aduana de importación, hay que darle un destino aduanero, esto empieza cuando se presenta la ENS (Entry Summary Declaration), una declaración sumaria de entrada que presenta el transportista o su representante.

Esto es lo que puedes hacer con tu mercancía cuando llegue:

  • Su introducción en una zona franca.
  • Su introducción en un depósito aduanero.
  • Su introducción en un depósito franco.
  • Su reexportación fuera del territorio aduanero de la Comunidad.
  • Su destrucción.
  • Su abandono en beneficio del erario.
  • El despacho a consumo.
  • El despacho a libre práctica.
  • El tránsito.
  • La transformación bajo control aduanero.
  • La importación temporal.
  • El perfeccionamiento activo.
  • El perfeccionamiento pasivo.
  • La exportación.
  • La reexportación.
  • Exportación temporal.
  • Exportación definitiva.
Objetivos de aprendizaje
Conocer la declaración sumaria de entrada (ENS) y los plazos para asignar destino aduanero. Diferenciar libre práctica y despacho a consumo, y entender su efecto sobre el IVA. Identificar los regímenes especiales: importación temporal, perfeccionamiento activo y pasivo, tránsito, depósito, zona franca y destino final. Saber cuándo conviene cada régimen para ahorrar impuestos y mejorar el flujo de caja. Usar el cuaderno ATA y el cuaderno CPD para exportaciones e importaciones temporales.
El núcleo del paso — cuatro ideas clave
Al llegar la mercancía, debes asignarle un destino aduanero antes de que venza el plazo (45 días marítimo / 20 días otras vías). El despacho a consumo paga todos los tributos. Los regímenes especiales los suspenden o evitan si reexportas o transformas. El tránsito permite mover mercancía por territorios sin pagar impuestos hasta llegar a la aduana de destino. Elegir bien el régimen puede ahorrarte miles de euros en aranceles y mejorar tu liquidez financiera.
Caso práctico: Importar camisetas de algodón desde Argelia
Con las camisetas del caso práctico, la decisión del régimen depende del uso que vayamos a darles: Venta en España: despacho a libre práctica + a consumo. Pagan arancel (0 % con EUR.1) e IVA. Quedan listas para su comercialización. Tránsito hacia otro pais (ej. Francia): las mercancías entran en la UE por España pero su destino aduanero final es Francia. Viajan bajo tránsito sin pagar impuestos en España. Muestras para una feria: si son muestras que se llevarán a una feria y se reexportarán, se usa la importación temporal con cuaderno ATA. Exención total de aranceles e IVA durante el período de la feria.

El primer paso al llegar: La declaración sumaria de entrada (ENS)

Todo comienza cuando el medio de transporte arriba a la primera aduana de entrada en la UE.

La empresa transportista —o su representante— debe presentar obligatoriamente un documento llamado ENS (Entry Summary Declaration o Declaración Sumaria de Entrada). Este documento relaciona la expedición completa: origen, destino, unidades de carga y número de bultos, antes de la descarga.

Atención — Dejar que se pasen los plazos de la ENS
Desde que se presenta la ENS, la mercancía queda en un limbo legal denominado estatuto de mercancías en depósito temporal. No puedes manipularla ni moverla libremente. Tienes un plazo estricto para comunicar a la aduana que régimen o destino quieres asignarle: 45 días: para mercancías transportadas por vía marítima. 20 días: para mercancías transportadas por cualquier otra vía (aérea, terrestre, ferroviaria). Si no actúas antes de que venza este plazo, la aduana puede intervenir tu mercancía.

El menú de la aduana: todos los regímenes y destinos posibles

Antes de que venza tu plazo, estás son todas las opciones que tienes para tu mercancía. Veámoslas en conjunto para que tengas el panorama completo antes de entrar en el detalle de cada una:

Régimen o destino Que implica Paga impuestos?
Despacho a libre práctica La mercancía adquiere estatuto comunitario. Puede circular por la UE. Solo arancel. El IVA queda pendiente hasta el consumo.
Despacho a consumo Importación definitiva para venta y consumo en el pais. Arancel + IVA + impuestos especiales.
Importación temporal Entrada por max. 24 meses. La mercancía debe reexportarse sin modificar. Exención total o parcial según si hay transacción económica.
Régimen de Perfeccionamiento Activo (RPA) Se importa materia prima sin pagar aranceles para fabricar y exportar el producto terminado. Suspensión de aranceles hasta que se decide el destino final.
Régimen de Perfeccionamiento Pasivo (RPP) Se exporta mercancía europea para ser transformada fuera y reimportada. Se paga solo sobre el valor añadido en el exterior.
Tránsito externo Mercancía no comunitaria que se mueve entre dos puntos de la UE sin despachar. Ninguno durante el tránsito. Se paga en la aduana de destino.
Tránsito interno Mercancía comunitaria que atraviesa un pais tercero sin perder su estatuto. Ninguno.
Zona franca Area cerrada donde la mercancía se considera fuera del territorio aduanero. Suspendidos mientras está en la zona.
Depósito aduanero Almacén autorizado donde la mercancía queda en suspensión de impuestos. Suspendidos. Tiempo ilimitado (salvo excepciones).
Destino final Libre práctica con exención o reducción si la mercancía se destina a un uso específico autorizado. Reducción o exención condicionada al uso.
Exportación definitiva Salida definitiva del territorio aduanero de la UE. Ninguno. Exenta de arancel e IVA.
Exportación temporal (ATA/CPD) Salida temporal con regreso garantizado. Ninguno si se reexporta en plazo.
Reexportación Salida de mercancía no comunitaria que había entrado temporalmente. Ninguno.
Abandono La mercancía se cede al erario público. Ninguno para el importador.
Destrucción Se destruye bajo supervisión aduanera. Ninguno (previa autorización).
Introducción en zona franca o depósito franco Entrada en áreas de libre comercio especiales. Suspendidos.

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