Tabla de contenidos:

• ¿Qué es el documento AWB (Air Way Bill) o conocimiento de embarque aéreo?

• ¿Dónde puedo ver los códigos de las compañías aérea?

• ¿Dónde puedo ver el estado de un vuelo?

• AWB- Air Waybill ¿da derecho sobre la mercancía?

• ¿Qué es un House AWB (HAWB)?

• Aquí tienes el reverso de un House AWB de un transitario con su clausulado.

• ¿Qué son los agentes IATA?

• ¿Qué son los agentes de carga aérea?

• ¿Qué es la IATA?

• ¿Qué es un agente desconsolidador?

• ¿Quién es el “consignee”, destinatario, en el AWB?

• ¿Qué se entiende por “tarifas aéreas”?

• ¿Qué es un flete aéreo ad valorem?

• ¿Mi mercancía es de peso o de volumen?

• ¿Qué indican las siglas ATHC?

• ¿Qué son las compañías de handling?

• ¿Qué es el inland en el transporte aéreo?

• ¿Qué es el COD?

• ¿Qué es la prima de seguro de transporte aéreo opcional?

• AWB – Air Waybill Check List.

 

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Normas del mercado.

https://www.europarl.europa.eu/factsheets/es/sheet/131/el-transporte-aereo-normas-del-mercado

Este apartado te introduce a las regulaciones del mercado de transporte aéreo, un aspecto crucial para entender el marco legal en el que operan tus envíos internacionales.

Es importante que te familiarices con las normas del mercado aéreo para asegurar el cumplimiento normativo en tus operaciones de comercio internacional.

¿Qué es el documento AWB (Air Way Bill) o conocimiento de embarque aéreo?

El AWB (Air Waybill) es el contrato de transporte aéreo y el justificante de que la mercancía se ha entregado para su envío en avión. Este documento es esencial para tus operaciones de comercio internacional, ya que establece los términos del transporte entre tú y la aerolínea. El AWB contiene información clave:

  • Partes contratantes: Transportista, cargador y destinatario.
  • Mercancía: Naturaleza, peso y volumen de lo que envías.
  • Itinerario: Ruta del envío, incluyendo aeropuertos de origen, destino y cualquier escala.
  • Vuelos: Compañías aéreas y números de vuelo.
  • Flete: Precio del transporte IATA.

El conocimiento aéreo tiene cinco funciones principales:

  • Prueba del contrato: Es el contrato de transporte, y en su reverso se detallan las condiciones de este.
  • Acuse de recibo: Acredita que la mercancía ha sido recibida.
  • Declaración aduanera: Sirve para el despacho de aduanas.
  • Certificado de seguro: Si lo solicitas, el AWB puede funcionar como certificado de seguro de transporte.
  • Guía de instrucciones: Proporciona instrucciones para el personal del transportista sobre cómo manejar la mercancía.

En ocasiones, el AWB sirve como certificado de seguro de transporte aéreo, siempre que contrates el seguro opcional ofrecido por la aerolínea.

NVD: No value declared.

NCV: No customs value.

El AWB es emitido por las aerolíneas o un agente IATA (International Air Transport Association), en juegos de 12 ejemplares. Hay tres ejemplares originales:

http://www.iata.org/Pages/default.aspx

  • Uno para el cargador (exportador).
  • Otro para la aerolínea.
  • Un tercero para el destinatario final, que le permite retirar la mercancía en el aeropuerto de destino.

Por lo tanto, es un documento justificativo del contrato de transporte aéreo entre un expedidor y una aerolínea. Los aspectos más importantes de su uso son:

  • La aerolínea entrega la mercancía a quien figura como destinatario en el conocimiento, independientemente de si es o no el propietario.
  • Se puede modificar el límite de responsabilidad del transportista si se declara un valor para el transporte.
  • El AWB incluye los detalles técnicos y comerciales del envío e instrucciones para su manipulación.
  • Permite establecer reservas.
  • Contiene la descripción de los aeropuertos por un código de tres letras. También es importante tener en cuenta las siguientes abreviaturas:

¿Dónde puedo ver los códigos de las compañías aérea?

Los tres primeros números de la numeración del AWB identifican a la compañía aérea en el Master Air Waybill.

Por ejemplo, si ves un 075, significa que la compañía aérea es Iberia.

En el siguiente enlace proporcionado por IATA puedes ver todos los códigos de las compañías aéreas.

https://www.iata.org/en/publications/directories/code-search/

Esto es importante para identificar rápidamente con qué aerolínea estás enviando tu mercancía.

¿Dónde puedo ver el estado de un vuelo?

https://www.track-trace.com/aircargo

Para rastrear tu envío, necesitarás el número de conocimiento aéreo completo (ej. 075-1234567).

Puedes usar la web de seguimiento de carga aérea o las webs de las propias aerolíneas para verificar el estado y la ubicación de tu mercancía.

En el AWB verás casillas como “routing and destination, to, by, to, by,” con siglas que indican los aeropuertos de salida, destino y tránsito. Por ejemplo:

  • MAD corresponde al aeropuerto de Madrid-Barajas
  • VLC corresponde al aeropuerto de Valencia. Si necesitas conocer a qué siglas IATA corresponde cada aeropuerto, puedes usar este enlace:

https://www.iata.org/en/publications/directories/code-search/

AWB- Air Waybill ¿da derecho sobre la mercancía?

El AWB no otorga derechos sobre la mercancía, pero sí permite reclamarla.

Generalmente, es nominativo, no endosable ni negociable.

Por lo tanto, no es un título de propiedad de la mercancía.

El documento indica “No Negociable / Not Negotiable Air Waybill”.

El AWB lleva la firma del transportista o su agente y una fecha de expedición.

Tanto un Master Air Waybill como un House Air Waybill son emitidos por un transitario IATA, por cuenta de una compañía aérea.

  • Si en la parte superior derecha del AWB aparece el nombre de una aerolínea (ej. Aerovías de México, S.A), se trata de un Master Air Waybill.
  • Si aparecen los datos del propio transitario, es un House Air Waybill.

¿Qué es un House AWB (HAWB)?

Un HAWB (House Air Waybill) es un AWB emitido por un agente IATA.

El HAWB establece una relación contractual entre el transitario (agente IATA consolidador) y cada uno de los cargadores (exportadores) cuyas mercancías se agrupan.

El transitario actúa como transportista ante los exportadores y asume las responsabilidades del transportista.

Por ejemplo: un agente IATA consolidador recibe paquetes de tres exportadores diferentes, emitiendo tres HAWBs, y a su vez emite un Master Air Waybill (MAWB) con la aerolínea por el total de esos envíos.

Por lo tanto, el transitario figura como único cargador ante la aerolínea.

Si contratas el transporte con un agente de carga aérea IATA, este emitirá un MAWB con la aerolínea y varios HAWBs con sus clientes exportadores.

Un agente IATA puede emitir un MAWB para varios envíos de diferentes clientes que vayan al mismo aeropuerto de destino, y HAWBs individuales para cada exportador.

Si en el AWB que te entrega el transitario no ves la numeración del tipo XXX-XXXXX arriba y a la derecha, se trata de un HAWB con la numeración del propio agente IATA.

Lo ideal es que aparezcan ambas codificaciones.

En este caso, pide el número del MAWB para hacer el seguimiento del envío.

Recuerda que el número de bultos y kilos que verás en el seguimiento corresponderá al total de envíos agrupados en ese MAWB.

Que no te líen o te mientan.

Un agente IATA puede tener 4 bultos de 4 clientes diferentes para el mismo aeropuerto de destino, y perfectamente puede emitir 1 Master Air Waybill, para mi bulto, más 1 Master Air Waybill por los 3 bultos restantes, mas 3 House Air Waybill para cada uno de los 3 exportadores restantes.

Es más, el ejemplo anterior se trata de un Master Air Waybill, donde aparece el cliente embarcador y el destinatario, y por supuesto, emitido por un agente IATA.

No tiene por qué emitir el agente IATA un Master y un House por cada envío.

Si en el Air Waybill que te hace llegar el transitario no ves arriba y debajo a la derecha, el tipo de numeración que hemos visto del tipo XXX-XXXXX, es porque se trata de un House y lleva la numeración o referencia del propio agente IATA.

Lo suyo es que aparecieran las dos codificaciones.

Si no fuera así deberías pedirle el número del Master Air Waybill para que puedas hacer el seguimiento del envío.

Pero recuerda que cuando hagas el seguimiento, el número de bultos y kilos posiblemente no coincidirá con el de tu envío, ya que serán los bultos y kilos de todos los exportadores que habéis enviado mercancía en ese mismo vuelvo con ese mismo agente IATA, bajo el mismo número de AWB-Air Waybill.

Aquí tienes el reverso de un House AWB de un transitario con su clausulado.

AVISO SOBRE LIMITACION DE RESPONSABILIDAD DE LOS TRANSPORTISTAS

Si el transporte termina o tiene una escala en un país que no sea el de salida pueden aplicarse el Convenio de Montreal o el Convenio de Varsovia que regulan, la responsabilidad del Transportista por pérdida, daño o retraso de la mercancía. La limitación de responsabilidad del transportista de acuerdo a estos Convenios será la establecida en el apartado 4 a menos que un valor mayor haya sido declarado.

CONDICIONES DEL CONTRATO

  1. A los efectos de este contrato Transportista se refiere tanto al transportista aéreo que emite la presente Carta de Porte Aéreo como a todos aquellos transportistas que transporten o se comprometan a transportar la mercancía en virtud de este contrato o realicen otros servicios relacionados con dicho transporte aéreo. Derecho Especial de Giro (SDR) es el que define el Fondo Monetario Internacional. Convenio de Varsovia significa tanto el Convenio para la Unificación de ciertas Reglas relativas al Transporte Aéreo Internacional, firmado en Varsovia el 12 de Octubre de 1929, como dicho Convenio tal como fue modificado en La Haya el 28 de Septiembre de 1955, como dicho Convenio tal y como fue modificado por los protocolos de La Haya de 1955 y de Montreal números

1,2 ó 4 (1975), según sea el caso. El Convenio de Montreal es el Convenio para la Unificación de ciertas Reglas relativas al Transporte Aéreo Internacional, realizado en Montreal el 28 de Mayo de 1999.

2./2.1 El transporte realizado en virtud de ese contrato está sujeto a las normas relativas a responsabilidad establecidas por el Convenio de Varsovia o por el Convenio de Montreal, a menos que tal transporte no sea “Transporte Internacional” según lo definen dichos Convenios.

2.2 En tanto no se halle en contraposición con el apartado anterior el transporte realizado en virtud de este contrato y demás servicios prestados por cada Transportista están sometidos:

2.2.1 las leyes aplicables, reglamentos y órdenes gubernamentales;

2.2.2 las disposiciones contenidas en esta Carta de Porte Aéreo y normas relacionadas y las tarifas, condiciones del transporte, reglamentos y horarios (con excepción de las horas de salida y llegada) aplicables por el Transportista en cuestión, que forman parte de este contrato y que pueden consultarse en cualquiera de sus oficinas comerciales de carga aérea y en los aeropuertos desde los cuales opera servicios aéreos regulares. En caso de transporte realizado desde/hacia los Estados Unidos de América, el expedidor y el consignatario pueden soliciar una copia gratuita de las condiciones de transporte del Transportista.

2.2.2.1 La limitación de responsabilidad del transportista por pérdida, daño o retraso de la mercancía, inclusive de mercancías frágiles o perecederas;

2.2.2.2 condiciones de las reclamaciones que incluyen los plazos para que los expedidores o consignatarios formulen reclamaciones o inicien acciones contra el Transportista por sus actos u omisiones o los de sus agentes

2.2.2.3 los derechos del Transportista, si los hubiere, de modificar las condiciones del contrato;

2.2.2.4 reglas sobre el derecho del Transportista a denegar el transporte;

2.2.2.5 derechos del Transportista y limitaciones en cuanto al retraso o incumplimiento del servicio, incluyendo modificaciones de horarios y sustitución de un Transportista o avión alternativo y modificación de rutas.

  1. Los puntos de parada acordados (y que pueden ser modificados por el Transportista en caso de necesidad) son los que figuran en el anverso del presente, con la excepción del punto de salida y de destino, o que se exhiben en los horarios del Transportista como

paradas programadas. El transporte en virtud de la presente por transportistas sucesivos se considera una operación única.

  1. En aquellos transportes en que no sea de aplicación el Convenio de Montreal, la limitación de responsabilidad del Transportista por pérdida, daño o retraso de mercancía será de 19 SDRs por kilogramo a menos que exista un límite mayor por kilogramo en cualquier Convenio aplicable o en las tarifas del Transportista o en las condiciones generales de transporte.

5./5.1 Salvo cuando el Transportista sin aprobación escrita del expedidor haya concedido crédito al destinatario, el expedidor garantiza el pago de todos los cargos por el transporte debidos de acuerdo con los manuales de tarifas, condiciones de transporte y correspondientes reglamentos del Transportista, y con las leyes aplicables (incluidas las leyes nacionales que dan efectividad a los Convenios de Varsovia y de Montreal), reglamentos órdenes y requisitos gubernamentales.

5.2 De no entregarse parte alguna de la expedición, la reclamación relativa a tal expedición será atendida aun cuando los cargos por transporte no hubiesen sido pagados.

6./6.1 Tanto el Convenio de Varsovia como el de Montreal permiten al expedidor aumentar la limitación de responsabilidad respecto a la carga aceptada para el transporte, declarando un valor superior y pagando en su caso un cargo adicional.

6.2 En el transporte al que no se aplique el convenio de Varsovia ni el de Montreal el Transportista permitirá al expedidor, de conformidad con lo establecido en sus condiciones generales de transporte tarifas aplicables, aumentar la limitación de responsabilidad respecto de la carga aceptada para el transporte, declarando un valor superior y pagando en su caso un cargo adicional.

7./7.1 En los casos de pérdida, daño o retraso de una parte de la carga, el peso a tener en cuenta para determinar el límite de responsabilidad del Transportista será sólo el peso del paquete o paquetes afectados.

7.2 Independientemente de cualquiera otra disposición, para el “transporte aéreo extranjero” tal y como se define en el Código de Transportes de los Estados Unidos de América:

7.2.1 en los casos de pérdida, daño o retraso de una expedición, el peso aplicable para determinar el límite de responsabilidad del Transportista será el utilizado para aplicar los cargos por el transporte de dicha expedición; y

7.2.2 en los casos de pérdida, daño o retraso de una parte de la expedición, el peso a que se refiere el punto será prorrateado entre los paquetes amparados por la misma Carta de Porte Aéreo cuyo valor resulte afectado por la pérdida, daño o retraso. El peso aplicable en caso de pérdida o daño en uno o más artículos de un paquete será el del paquete entero.

  1. Cualquier exclusión o limitación de responsabilidad aplicable al Transportista se aplicará a sus agentes, empleados o representantes, y a cualquier persona cuya aeronave o equipo utilice el Transportista para el transporte, y a sus agentes, empleados y representantes.
  2. El Transportista se compromete a realizar este transporte con razonable diligencia. El Transportista sin previo aviso pero con la debida consideración a los intereses del expedidor, puede utilizar otros transportistas o usar otras aeronaves u otros medios de transporte, si lo permiten las leyes aplicables, tarifas o normas gubernamentales. El expedidor autoriza al Transportista a seleccionar la ruta y paradas intermedias que considere oportunas, así como modificar o desviar la ruta indicada en el anverso.
  3. La recepción por parte de la persona autorizada en la entrega de la mercancía sin mediar reclamación, supondrá una prueba inicial de que la carga se ha entregado en buenas condiciones y de acuerdo con el contrato de transporte.

10.1 En el caso de pérdida, daño o retraso de la mercancía, la persona autorizada para su recepción deberá realizar una reclamación por escrito al Transportista. Dicha reclamación deberá ser hecha:

10.1.1 en el caso de daño de la carga, inmediatamente después de conocer dicho daño y no más tarde de los 14 días desde la fecha de recepción de la misma.

10.1.2 en el caso de retraso de la carta, en un plazo de 21 días desde la fecha en que las mercancías fueron puestas a disposición de la persona autorizada para su recepción.

10.1.3 en el caso de falta de entrega de la carga, no más tarde de los 120 días a contar desde la fecha de expedición de la Carta de Porte Aéreo, o en el caso de que no exista dicha Carta de Porte Aéreo, no más tarde de los 120 días desde la fecha de recepción de la mercancía por el Transportista para su transporte.

10.2 Dicha reclamación puede ser realizada al Transportista cuya Carta de Porte Aérea haya sido utilizada, o al primer o al último Transportista, o al Transportista que realizó el transporte durante el cual se produjo la pérdida, daño o retraso.

10.3 Si no se realiza una reclamación por escrito en los plazos fijados en el apartado 10.1, no podrá iniciarse acción alguna contra el Transportista.

10.4 Los derechos a indemnización contra el Transportista caducarán a no ser que se haya presentado demanda dentro de los dos años a partir de la fecha de llegada a su destino, o en la fecha en que la aeronave debiera haber llegado, o a partir de la fecha en que se detuvo el transporte.

  1. El expedidor debe cumplir con todas las leyes y reglamentos aplicables en cualquiera de los países desde o hacia los que la carga deba ser transportada, incluyendo los que se refieren al embalaje, transporte o entrega de la carga, y deberá facilitar cuanta información sea necesaria para cumplir con las citadas normas y adjuntar a la Carta de Porte Aéreo los documentos necesarios a tal efecto. El Transportista no es responsable ante el expedidor, y éste deberá indemnizar al Transportista en aquellos casos de pérdida o gastos que se deban al incumplimiento por parte del expedidor de esta disposición.
  2. Ningún agente, empleado o representante del Transportista tiene autoridad para alterar, modificar o renunciar a cualquiera de las disposiciones del presente contrato.

¿Qué son los agentes IATA?

Los agentes IATA son intermediarios autorizados por la IATA entre las aerolíneas y los cargadores.

Captan carga en nombre de las aerolíneas IATA.

El agente consolidador reserva espacio en un avión y luego lo comercializa entre varios cargadores.

Las funciones principales de los agentes IATA son:

  • Cobrar fletes.
  • Emitir contratos de transporte aéreo internacional (AWBs).
  • Coordinar la carga y descarga de aviones a través de compañías de handling.
  • Realizar trámites administrativos ante las autoridades aeroportuarias y aduaneras.

Actúan como intermediarios entre las aerolíneas y los cargadores, facturando sus servicios a estos últimos.

Reciben comisiones de las aerolíneas en función de las cargas que gestionan.

¿Qué son los agentes de carga aérea?

Los agentes de carga aérea captan carga aérea y realizan las mismas funciones que los agentes IATA, excepto que no pueden emitir AWBs ni cobrar fletes.

¿Qué es la IATA?

La IATA (Asociación Internacional de Transporte Aéreo) es una organización que agrupa a las principales aerolíneas del mundo. Sus principales funciones son:

  • Promover la seguridad y regularidad del transporte aéreo internacional.
  • Promover el desarrollo comercial del transporte aéreo internacional a través del nombramiento de agentes IATA.
  • Promover la estandarización del transporte aéreo internacional (tarifas, contratos y normas de carga).
  • Promover la colaboración entre empresas asociadas.
  • Estudiar y resolver problemas técnicos del transporte aéreo internacional. Aquí tienes algunos enlaces de interés:

http://www.iata.org

http://www.iata.org/Pages/default.aspx

https://www.iata.org/en/programs/cargo/

El AWB es un contrato de transporte, pero no es un título valor, a diferencia del Bill of Lading marítimo, por lo que no es negociable ni endosable.

La aerolínea entrega la mercancía a la persona que figura como destinatario en el documento.

La normativa del transporte aéreo se basa en,

Convenio de Varsovia de 1929.

http://www.ehu.es/ceinik/tratados/21TRATADOSSOBREAVIACION/TAC211.pdf

Aunque el desarrollo de la aeronáutica precisó incorporar modificaciones a este convenido por medio de:

Protocolo de La Haya de 1955

http://transparencia.mtc.gob.pe/idm_docs/normas_legales/1_0_149.pdf

Protocolo de Guatemala de 1971

http://www.espaciosjuridicos.com.ar/datos/OTROS%20TRATADOS/Protocolo%20de%20Guatemala.htm

y finalmente el

Protocolo de Montreal de 1975.

http://www.ehu.es/ceinik/tratados/21TRATADOSSOBREAVIACION/TAC2113.pdf

El conocimiento de embarque aéreo, en inglés Air Way Bill, se redacta en función de la International Air Transport Association – IATA, http://www.iata.org/Pages/default.aspx organismo de carácter privado que agrupa a la práctica totalidad de las compañías aéreas de vuelos regulares.

El AWB se redacta siguiendo las directrices de la IATA. El AWB es:

  • El contrato de transporte.
  • El acuse de recibo de la mercancía.
  • El documento de instrucciones para la manipulación de la carga.
  • El justificante contable de los fletes aéreos.
  • La declaración para el despacho de aduanas.
  • El certificado de seguro, si se solicita.
  • Prueba de recepción de la mercancía por el destinatario.

Además, existen otras regulaciones como:

  • Orden FOM/456/2014 de 13 de marzo, por la que se modifica el anexo 2 del Real Decreto 1749/1984, de 1 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento Nacional sobre el transporte sin riesgos de mercancías peligrosas por vía aérea y las Instrucciones técnicas para el transporte sin riesgos de mercancías peligrosas por vía aérea, para actualizar las instrucciones técnicas.
  • Orden FOM/3553/2011 de 5 de diciembre, por la que se modifica el Anexo 2 del Real Decreto 1749/1984, de 1 de agosto, por el que se aprueban el Reglamento Nacional sobre el transporte sin riesgos de mercancías peligrosas por vía aérea y las Instrucciones Técnicas para el transporte sin riesgos de mercancías peligrosas por vía aérea, para actualizar las Instrucciones Técnicas.
  • Instrumento de ratificación del Convenio, para la unificación de ciertas reglas para el transporte aéreo internacional, hecho en Montreal el 28 de mayo de 1999.
  • Orden de 28 de diciembre de 1990, por la que se actualiza el Reglamento Nacional para el Transporte sin Riesgos de Mercancías Peligrosas por Vía Aérea.
  • Real Decreto 1749/1984 de 1 de agosto, por el que se aprueban el Reglamento Nacional sobre el Transporte sin Riesgos de Mercancías Peligrosas por Vía Aérea y las Instrucciones Técnicas para el Transporte sin Riesgo de Mercancías Peligrosas por Vía Aérea.

¿Qué es un agente desconsolidador?

Un agente desconsolidador es el consignatario de las mercancías consolidadas. Se encarga de desagrupar las mercancías recibidas en el aeropuerto de destino y de notificar a los importadores la llegada de sus mercancías. El agente desconsolidador puede ser un agente IATA o un agente de carga aérea.

¿Quién es el “consignee”, destinatario, en el AWB?

El “consignee” es el destinatario de la mercancía, es decir, el receptor. Puede ser el importador, el agente de aduanas del importador o el banco del importador en caso de créditos documentarios. Solo el consignee puede retirar la mercancía del aeropuerto de destino.

¿Qué se entiende por “tarifas aéreas”?

Las tarifas aéreas son el importe que las aerolíneas cobran por el transporte de mercancías, establecidas por la IATA. Estas tarifas se encuentran en el The Air Cargo Tariff (TACT), que incluye el flete de aeropuerto a aeropuerto.

https://www.iata.org/en/publications/newsletters/iata-knowledge-hub/air-cargo-tariffs-and-rules-what-you-need-to-know/

Antes de la informatización, The Air Cargo Tariff eran publicaciones del estilo a las páginas amarillas, donde tenías que encontrar la tarifa directa si la había, o crearla casando el aeropuerto de salida con el de llegada, buscando uno o varios aeropuertos intermedios.

Las tarifas pueden ser directas (para un itinerario directo) o de construcción (la suma de dos o más tarifas cuando no hay tarifa directa). Las tarifas directas prevalecen sobre las tarifas de construcción.

Es importante que sepas que el precio que aparece en el Master AWB es la tarifa oficial de la IATA, no el precio que te cobra tu agente IATA.

Antes, estas tarifas se consultaban en publicaciones físicas, ahora se gestionan de forma digital.

Hay cinco categorías principales de tarifas:

Tarifa general: Aplicable a mercancías en general (General Cargo Rates), se expresa en cantidades fijas (ej. X euros/kg) y sirve para rutas específicas entre aeropuertos. Tiene tres modalidades:

  • Tarifa mínima (M): hasta 5 kg.
  • Tarifa normal (N): entre 5 y 45 kg.
  • Tarifa de cantidad (Q): más de 45 kg.
  • (Niveles Q100 (de 100Kgs. a 199Kgs)
  • (Niveles Q200 (de 200Kgs. a 299Kgs.).
  • A mayor peso transportado, menor es el flete aéreo por kilo.

Tarifas de clase: Aplicables a determinadas mercancías (Comodity Clasification Rates). Se expresan en porcentajes de incremento o decremento sobre la tarifa general, no por rutas, sino por zonas geográficas. Hay dos grupos:

  • Tarifas S (con recargo): metales preciosos o animales vivos.
  • Tarifas R (con descuento): libros, revistas y periódicos.

Tarifas de mercancías específicas: Aplicables a mercancías con un tráfico importante (Specific Commodity Rates), se expresan en cantidades fijas y se aplican por rutas específicas.

Tarifas orden de Gobierno “GOR”: Tarifas con precios más bajos para promover la exportación de determinados productos.

Tarifas ULD: Aplicables cuando se utilizan unidades de carga (palets o contenedores). Se cobra un mínimo por ULD (Unit Load Device), más un cargo adicional por cada kg. Las ULD pueden ser palets o contenedores normalizados por la IATA.

  • Pallets: planchas de acero donde se apila la carga.

https://www.iagcargo.com/es/fleet/pallets/

  • Contenedores: cajas cerradas.

https://www.iagcargo.com/es/fleet/ulds/

¿Qué es un flete aéreo ad valorem?

En mercancías especialmente valiosas el flete depende del valor de la mercancía en lugar de atender a su peso o volumen.

¿Mi mercancía es de peso o de volumen?

El peso o volumen de la mercancía se calcula según la relación siguiente:

1 Tm. = 6 m3

o

1 Kg = 6000 cm3

o

1.-M3 = 167.-Kgs.

Según esta relación peso-volumen, denominada coeficiente de estiba, el agente IATA siempre aplica en el flete aéreo la que resulta mayor de las dos magnitudes, (peso o volumen).

Para aplicar correctamente la relación peso-volumen, se siguen los siguientes pasos:

  • Se multiplican las tres medidas máximas (largo, ancho y alto) en centímetros del envío y se divide por 6.000,
  • Si lo calculas en m3, el resultado lo multiplicas por 167, y obtienes el llamado peso volumétrico.

Posteriormente se compara el resultado con el peso real del envío.

  • Si el resultado es inferior al peso real, la tarifa se aplicará de acuerdo con el peso real.
  • Si el resultado es superior al peso real, la tarifa se aplicará de acuerdo con el peso volumétrico.

¿Qué indican las siglas ATHC?

ATHC son las siglas de Air Terminal Handling Charges.

Son los gastos derivados de las manipulaciones de las mercancías en los aeropuertos de origen y destino.

Manipulaciones que se realizan:

  • Recepción.
  • Movimientos horizontales, (en origen).
  • Almacenaje, carga y descarga, (en origen).
  • Movimientos horizontales, (en destino).
  • Almacenaje y entrega, (en destino).

Lo cobra el agente IATA al exportador o importador, y éste lo abona a la compañía de handling que ha efectuado las manipulaciones.

¿Qué son las compañías de handling?

Las compañías de handling son las empresas que operan en los aeropuertos para realizar las manipulaciones de las mercancías.

¿Qué es el inland en el transporte aéreo?

Inland se refiere al transporte de la mercancía desde el almacén del exportador a la terminal del aeropuerto de origen o desde la terminal del aeropuerto de destino al almacén del importador.

¿Qué es el COD?

COD significa Cash on Delivery, el coste adicional por el servicio de contra reembolso. El agente IATA lo cobra al exportador, quien lo abona a la aerolínea.

¿Qué es la prima de seguro de transporte aéreo opcional?

Es el coste adicional al flete aéreo si contratas el seguro aéreo opcional. Debes declarar el valor de la mercancía al agente IATA para que se refleje en el AWB. El valor declarado determinará la máxima indemnización en caso de pérdida o daño. Si no se declara valor, la indemnización será la que marque la Ley en ese momento.

AWB – Air Waybill Check List.

Esta es una lista de verificación que debes tener en cuenta cuando revises un AWB:

  • ¿Está firmado por el transportista o su agente?
  • ¿Se especifica quién es el transportista?
  • ¿Se indica si el flete es pagado en origen (freight prepaid) o pagadero en destino (freight collect)?
  • ¿Se muestran los aeropuertos de origen y destino?
  • Si hay transbordos, ¿lo permite el crédito documentario?
  • ¿La fecha de envío en el AWB es posterior a la permitida en el crédito documentario?

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