by Diego Carmona

Incoterm CPT: qué es y cuándo usarlo

Por Diego Carmona — consultor en comercio exterior desde 1991

CPT (Carriage Paid To, "transporte pagado hasta") es el incoterm en el que el vendedor contrata y paga el transporte de la mercancía hasta el destino acordado, pero el riesgo de pérdida o daño pasa al comprador mucho antes: en el momento en que la mercancía se entrega al primer transportista. Es el hermano "para cualquier medio de transporte" de CFR — mismo patrón de coste y riesgo, sin limitarse al transporte marítimo — y forma pareja con CIP, que es exactamente lo mismo más un seguro obligatorio. Pertenece al grupo C de Incoterms® 2020, el grupo donde más dinero se pierde por no entender un matiz muy concreto.

Qué significa el incoterm CPT

Con CPT, el vendedor entrega la mercancía al porteador que él mismo contrata, se encarga del despacho de exportación en su país y paga el transporte hasta el lugar de destino pactado, sea cual sea el modo o combinación de modos utilizados: carretera, ferrocarril, aéreo, marítimo, o varios encadenados. Ahí termina su responsabilidad sobre el estado de la mercancía: el riesgo ya es del comprador desde que se puso en manos de ese primer transportista, aunque el vendedor siga pagando fletes durante semanas más. Por eso la ICC lo dice sin rodeos: el vendedor no garantiza que la mercancía llegue a destino en la cantidad estipulada, en buen estado, ni siquiera que llegue.

La confusión que más dinero cuesta: pago hasta no es riesgo hasta

Este es el punto donde de verdad se pierde dinero en CPT, y también en CIP, CFR y CIF: que el vendedor pague el transporte hasta un destino no significa que su riesgo llegue hasta ese mismo destino. Son dos cosas distintas dentro de la misma regla, y tratarlas como si fueran una sola es el error más caro del comercio internacional.

Ejemplo real de cómo se aplica: un vendedor en Madrid contrata a un porteador para que recoja la mercancía en su almacén y la lleve hasta el puerto de Ontario en Canadá. La entrega se produce y el riesgo se transmite en el almacén de Madrid, no en el puerto canadiense, aunque el vendedor pague el transporte hasta allí. Otro caso: un vendedor en Barcelona paga el transporte hasta Moscú, pero si la mercancía se daña en el tramo entre Barcelona y París, la responsabilidad ya es del comprador, no del vendedor que sigue pagando el flete.

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